La aparición de los capellanes
para asistencia del personal de Armada data desde mucho tiempo atrás y en las
Ordenanzas de 1793, en el Tratado 3ª. Título IVº, habla: De las obligaciones y funciones de los Capellanes. Unos años antes,
en 1762, se había nombrado al Patriarca de las Indias; Vicario Castrense de los
ejércitos de Tierra y Mar.
En 1825, se suprime el Cuerpo para restablecerse en
1848, aprobándose su Reglamento en 1878 que establece la existencia de un Teniente
Vicario en cada Departamento. El ingreso en el Cuerpo se hará por
concurso-oposición y el nuevo capellán de la Armada, obtendrá el empleo de
capellán segundo, aunque ocasionalmente hubo capellanes terceros.1 A principios del siglo XX, el Cuerpo está integrado de la siguiente
manera: Vicario general castrense, auditor secretario del vicario general, tenientes vicarios, curas párrocos departamentales, capellanes mayores, primeros
capellanes y segundos capellanes.2 Igual que ocurría con el Cuerpo de Sanidad,
los capellanes en sus obligaciones dentro de los destinos de Armada mantendrán
el espíritu de las primitivas ordenanzas, modificadas por el nuevo Reglamento y
adaptadas a la época.
En los hospitales peninsulares y coloniales había destinado un capellán. En estos últimos, si faltaba, se le asignaría un capellán de la división naval perteneciente al apostadero. El capellán destinado en el centro hospitalario se hacía cargo de la capilla y de los ornamentos, en calidad de párroco. Además serían responsables del aseo del lugar. Celebraban Misas con un horario establecido de acuerdo con el director y jefe de servicio. Sujeto al reglamento hospitalario, atenderá las necesidades espirituales de los enfermos y del personal del centro, y a las Hijas de la Caridad, a la llegada de estas. Tendrá alojamiento en el hospital y si tuviera que ausentarse lo tendrá que hacer con conocimiento del director y en su ausencia, del jefe de servicio. En caso de ausencia prolongada por causa de fuerza mayor o permiso reglamentario, el teniente vicario mandará un sustituto de otro destino departamental.
Administrará el Viático y Santa Unción a moribundos y enfermos que lo soliciten y visitará periódicamente a los enfermos con particularidad a aquellos que hayan demandado su presencia. Vigilará por las buenas costumbres que debe imperar en los centros de la Armada y organizará actos religiosos como Santo Rosario, pláticas o celebraciones cuaresmales, de acuerdo con el director y jefe de servicio.
Durante algún tiempo, el capellán anotaba en un cuaderno los fallecimientos habidos en el centro, expresando el Campo Santo donde se había hecho la inhumación y otras circunstancias; como si recibieron antes de morir los Santos Sacramentos o sí testaron. Pasaban copia de ello al teniente vicario del Departamento y podían extender certificaciones de fallecimientos.
Estaban a las órdenes directas del director del hospital en cuanto a destino pero en cuanto a funciones de su ministerio dependían del teniente vicario, el cual podía comisionarlo y sustituirlo en el destino, con conocimiento del capitán general del Departamento.
NOTAS.
1). Vigón Sánchez, p. 151
2). Estado general de la Armada. 1901, p 271.
*). Roca Núñez et al, p. 82.
BIBLIOGRAFÍA.
En los hospitales peninsulares y coloniales había destinado un capellán. En estos últimos, si faltaba, se le asignaría un capellán de la división naval perteneciente al apostadero. El capellán destinado en el centro hospitalario se hacía cargo de la capilla y de los ornamentos, en calidad de párroco. Además serían responsables del aseo del lugar. Celebraban Misas con un horario establecido de acuerdo con el director y jefe de servicio. Sujeto al reglamento hospitalario, atenderá las necesidades espirituales de los enfermos y del personal del centro, y a las Hijas de la Caridad, a la llegada de estas. Tendrá alojamiento en el hospital y si tuviera que ausentarse lo tendrá que hacer con conocimiento del director y en su ausencia, del jefe de servicio. En caso de ausencia prolongada por causa de fuerza mayor o permiso reglamentario, el teniente vicario mandará un sustituto de otro destino departamental.
Administrará el Viático y Santa Unción a moribundos y enfermos que lo soliciten y visitará periódicamente a los enfermos con particularidad a aquellos que hayan demandado su presencia. Vigilará por las buenas costumbres que debe imperar en los centros de la Armada y organizará actos religiosos como Santo Rosario, pláticas o celebraciones cuaresmales, de acuerdo con el director y jefe de servicio.
Durante algún tiempo, el capellán anotaba en un cuaderno los fallecimientos habidos en el centro, expresando el Campo Santo donde se había hecho la inhumación y otras circunstancias; como si recibieron antes de morir los Santos Sacramentos o sí testaron. Pasaban copia de ello al teniente vicario del Departamento y podían extender certificaciones de fallecimientos.
Estaban a las órdenes directas del director del hospital en cuanto a destino pero en cuanto a funciones de su ministerio dependían del teniente vicario, el cual podía comisionarlo y sustituirlo en el destino, con conocimiento del capitán general del Departamento.
NOTAS.
1). Vigón Sánchez, p. 151
2). Estado general de la Armada. 1901, p 271.
*). Roca Núñez et al, p. 82.
ROCA NÚÑEZ, J.B. ROCA FERNÁNDEZ, F.J. GARVÍ LÓPEZ, M. ROCA FERNÁNDEZ, J.J. Historia de la Medicina. La Sanidad de la Armada española en la segunda mitad del siglo XIX. Martínez Encuadernaciones. Puerto Real (Cádiz), 2015.
VIGÓN SÁNCHEZ, A. Mª. Guía del Archivo Museo D. Álvaro de Bazán. Viso del Marqués, 1985.
ARCHIVO Y BIBLIOTECA NAVAL DE SAN FERNANDO.
ARCHIVO Y BIBLIOTECA NAVAL DE SAN FERNANDO.
Reales Ordenanzas de la Armada. 1793. Tratado 3º. Título IVº.
BIBLIOTECA VIRTUAL DE DEFENSA. Estado General de la Armada para el año de 1901. Cuerpo Eclesiástico.
BIBLIOTECA VIRTUAL DE DEFENSA. Estado General de la Armada para el año de 1901. Cuerpo Eclesiástico.
Detalles de la fallada de la Capilla del antiguo Hospital de Marina de Ferrol. Hoy perteneciente a la Universidad de La Coruña. Fotografía del autor. Año 2009.
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